?
Corresponde a la DGOJ velar por la integridad, seguridad, fiabilidad y transparencia de las operaciones de juego, así como por el cumplimiento de la normativa vigente y de las condiciones establecidas para la explotación de las actividades de juego.
En el cumplimiento de su misión, las líneas de actuación básicas para el control de la actividad de juego son:
?
La DGOJ, en su función de inspección, ha de vigilar, auditar y controlar todos los aspectos y estándares administrativos, económicos, procedimentales, técnicos, informáticos, telemáticos y de documentación, relativos al desarrollo de las actividades de juego.
La supervisión y control de los juegos se fundamenta en las siguientes actividades:
?
La monitorización de las actividades de juego se basa principalmente en el análisis de la información sobre las transacciones de juego obtenida de diversas fuentes:
?
Para conseguir la máxima eficacia del sistema de información de la DGOJ es fundamental la integridad y calidad de los datos. A tal efecto, cada a?o se pone en marcha un plan específico de control de calidad del dato con el fin de garantizar la completitud y la fiabilidad de la información reportada por los operadores. El resumen de las actuaciones realizadas desde 2017 se recoge en la siguiente tabla.
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Actuaciones de calidad de los datos (SCI) | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
Comunicaciones realizadas a los operadores | 1011 | 1209 | 670 | 1355 | 953 | 1021 |
Incidencias abiertas a los operadores | 1160 | 1840 | 1280 | 705 | 865 | 697 |
Incidencias cerradas | 866 | 1124 | 1456 | 572 | 1225 | 1211 |
Consultas contestadas a los operadores | 70 | 100 | 275 | 321 | 590 | 565 |
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Actuaciones de calidad de los datos (Económico-financieros) |
2023 |
---|---|
Comunicaciones realizadas a los operadores? | 123 |
?
Durante el 2023 se han producido las siguientes circunstancias de carácter excepcional en el área de calidad de los datos del SCI:
El análisis y tratamiento de la información sobre las transacciones de juego permite la monitorización permanente del cumplimiento de determinados requisitos relativos a la protección de los jugadores que son considerados especialmente críticos tales como, (1) los procedimientos puestos en marcha por los operadores para la verificación de la identidad de los participantes y el control del registro de usuario, (2) los mecanismos de control de acceso para impedir la participación de personas que lo tienen prohibido, menores y personas inscritas en el registro de prohibidos, (3) la superación de los límites de depósito o la superación de los límites establecidos en las máquinas de azar, y (4) la comercialización de apuestas en competiciones de menores y (5) la superación de límites de participación en los juegos de póquer torneo y bingo.
Completa la supervisión permanente las actuaciones de revisión de las plataformas de juego de los operadores nuevos. Cada vez que un operador inicia actividad o comercializa una nueva licencia singular se pone en marcha un procedimiento de chequeo ad hoc del sistema técnico de juego del operador basado en un enfoque orientado a riesgos usando la técnica de “mystery shopper”. A lo largo de este a?o, se han acometido 6 estudios; 2 revisiones de licencias generales y 4 revisiones de licencias singulares.
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Actuaciones de revisión de nuevas licencias | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
Licencias Generales | 2 | 6 | 11 | 6 | 3 | 2 |
Licencias Singulares | 2 | 24 | 30 | 16 | 9 | 4 |
?
Como consecuencia de estas actuaciones de supervisión, a lo largo de 2023 se han realizado 156 comunicaciones a los operadores.
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Comunicaciones de monitorización por tipo de control | 2018 | 2019 | 2020* | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
Control de registro de usuarios (usuarios mal identificados, cuentas de juego sin registro de usuario) |
45 | 58 | 3 | 6 | 3 | 3 |
Control de prohibidos | 26 | 44 | 9 | 13 | 48 | 46 |
Control de menores | 20 | 41 | 4 | 9 | 17 | 2 |
Superación de límites de depósitos | 20 | 119 | 7 | 32 | 29 | 30 |
Superación de límites de gasto en la sesión de máquinas de azar | 18 | 77 | 13 | 30 | 23 | 16 |
Períodos de ampliación de los límites de depósitos | ? | 113 | 9 | 18 | 9 | 6 |
Trazabilidad del registro de usuario? | ? | 44 | 6 | ? | ? | ? |
Cuentas duplicadas | 5 | 29 | 6 | 12 | 7 | 3 |
Control de identidades de difuntos | ? | 45 | 23 | 10 | 5 | ? |
Control de vinculados | ? | 21 | 10 | 11 | 7 | 18 |
Comercialización de eventos de menores | ? | 27 | 9 | 4 | 3 | 8 |
Jugadores con estados no activos que juegan | ? | 52 | 19 | 29 | 20 | 24 |
Control de actividad de juego sin licencia | ? | ? | ? | ? | ? | 8 |
*NOTA: A partir de 2020 los incumplimientos detectados por periodo y operador se acumulan en una sola comunicación.
Durante el 2023 se han realizado 131 requerimientos de información a los operadores; 130 en materia económica financiera y cuentas bloqueadas; 1 la memoria anual de juego y 2 requerimientos a Sistema de Tarjetas y Medios de Pago.
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En 2023 se han recibido 57 denuncias relativas a operadores con título habilitante, principalmente relacionadas con el bloqueo de cuentas, cambio de cuotas y prohibiciones subjetivas. En la siguiente tabla se recogen los motivos de las denuncias recibidas en 2023.?
Motivos | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
Bloqueo de cuentas y suspensiones cautelares | 7 | 16 | 26 | 10 | 10 | 9 |
Cambio de cuota, anulación de apuesta o/y impago de premios | 8 | 25 | 24 | 10 | 5 | 6 |
Prohibiciones subjetivas | 33 | 32 | 22 | 14 | 3 | 2 |
Autoexclusión | 0 | 0 | 1 | 1 | 2 | 0 |
Bonos y publicidad | 6 | 7 | 9 | 11 | 1 | 4 |
Límites de depósitos y apuestas | 1 | 5 | 9 | 1 | 0 | 3 |
Manipulación de sistemas | 7 | 4 | 3 | 7 | 0 | 3 |
Información al jugador | 2 | 2 | 2 | 0 | 3 | 3 |
No aleatoriedad del juego | 1 | 0 | 2 | 3 | 0 | 0 |
Medios de pago | 0 | 0 | 2 | 1 | 0 | 0 |
Acreditación del jugador | 3 | 3 | 1 | 1 | 9 | 17 |
Apuestas duplicadas | 1 | 2 | 0 | 0 | 0 | 0 |
Retiradas | 0 | 0 | 5 | 1 | 6 | 10 |
Denuncia contra varios operadores | 0 | 0 | 0 | 0 | 3 | 0 |
Otros | 1 | 3 | 3 | 0 | 1 | 0 |
Total | 69 | 97 | 109 | 60 | 43 | 57 |
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El número de denuncias recibidas desde el a?o 2018 se recoge en el cuadro siguiente:
Denuncias por actividad de juego autorizado | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
Denuncias recibidas | 69 | 97 | 109 | 60 | 45 | 57 |
Denuncias archivadas | 45 | 99 | 118 | 87 | 38 | 65 |
En investigación previa | 54 | 42 | 32 | 4 | 10 | 2 |
Propuestas de inicio de procedimiento sancionador | 4 | 3 | 2 | 0 | 0 | 0 |
?
Las denuncias recibidas y los procesos propios de supervisión permanente de los operadores han dado lugar al inicio de 217 expedientes de comprobación en 2023 y 217 propuestas de inicio de expediente sancionador. El detalle de los expedientes desde el inicio del mercado regulado se recoge en el cuadro siguiente:
Procedimientos de comprobación en juego autorizado | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
Expedientes de comprobación iniciados | 42 | 221 | 218 | 137 | 127 | 234 |
Expedientes archivados | 20 | 14 | 44 | 20 | 11 | 12 |
Propuestas de inicio de procedimiento sancionador | 20 | 204 | 167 | 108 | 127 | 217 |
?
Los operadores deben utilizar equipos y software de juego debidamente homologados. La homologación de los sistemas técnicos de juego se basa en informes de certificación de adecuación de los sistemas técnicos emitidos por laboratorios especializados en la certificación de la funcionalidad del software de juego y por entidades especializadas en auditoría de seguridad informática previamente designadas por la DGOJ.
La homologación inicial de los sistemas se realiza en el marco del procedimiento de concesión de licencias generales y singulares. A lo largo del a?o 2023 se han recibido 20 solicitudes de homologación inicial, y se han resuelto favorablemente 15 y existen 5 solicitudes en fase de instrucción.
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Expedientes de homologación inicial? | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
No de solicitudes de homologación (por licencia) |
25 | 117 | 28 | 15 | 10 | 20 |
No de homologaciones concedidas (por licencia) |
18 | 37 | 106 | 19 | 13 | 15 |
No de homologaciones denegadas (por licencia) |
0 | 0 | 4 | 0 | 0 | 0 |
No de homologaciones en curso (por licencia) |
9 | 89 | 7 | 3 | 0 | 5 |
?
La homologación de los sistemas técnicos de juego tiene una validez de diez a?os contados desde la fecha de emisión del informe correspondiente. Transcurridos diez a?os desde la homologación inicial de las primeras licencias concedidas en 2013 se ha puesto en marcha los procesos de la segunda homologación.
?
Expedientes de segunda homologación? | 2023 |
---|---|
No de solicitudes de homologación (por licencia) |
5 |
No de homologaciones concedidas (por licencia) |
146 |
No de homologaciones denegadas (por licencia) |
0 |
No de homologaciones en curso (por licencia) |
0 ? |
A partir de la homologación inicial, la homologación de los sistemas técnicos de juego se mantiene mediante la autorización previa de los cambios sustanciales en elementos críticos, los informes trimestrales de cambios y las auditorías a realizar cada dos a?os.
En el marco de los procedimientos de gestión de cambios en el 2023 se han recibido un total de 1211 solicitudes, más las 22 en curso a 1 de enero de 2023, habiéndose autorizado 1180 y denegado 31 y 22 se encuentran en fase de instrucción.?
Indicador | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
No total de solicitudes de cambio sustancial | 288 | 599 | 657 | 677 | 851 | 1210 |
No de licencias afectadas por las solicitudes de cambio | 341 | 678 | 759 | 677 | 944 | 1285 |
No de licencias generales afectadas por las solicitudes de cambio | 33 | 38 | 76 | 71 | 53 | 38 |
No de licencias singulares afectadas por las solicitudes de cambio | 308 | 640 | 683 | 683 | 891 | 1247 |
No de solicitudes de cambio denegadas | 8 | 30 | 20 | 25 | 26 | 33 |
No de licencias afectadas por las solicitudes de cambio denegadas | 9 | 34 | 27 | 25 | 29 | 44 |
No de solicitudes de cambio autorizadas | 273 | 524 | 673 | 636 | 823 | 1185 |
No de licencias afectadas por las solicitudes de cambio autorizadas | 322 | 570 | 779 | 708 | 907 | 1237 |
No de solicitudes de cambio pendientes | 7 | 41 | 5 | 20 | 22 | 14 |
No de licencias afectadas por las solicitudes de cambio pendientes | 8 | 47 | 5 | 20 | 22 | 14 |
?
La gran mayoría de las solicitudes recibidas se corresponden con nuevos juegos, principalmente de máquinas de azar.??
Objeto de la gestión de cambios | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
Nuevos juegos | 231 | 458 | 517 | 532 | 683 | 992 |
Nuevo proveedor de SW de juego | 13 | 74 | 97 | 94 | 101 | 164 |
Ruleta en vivo | ? | ? | ? | ? | ? | ? |
Migración de plataforma | 5 | 3 | 5 | 6 | 4 | 7 |
Canales de participación | 2 | ? | ? | ? | ? | ? |
Cambio mayor de versión | 6 | 3 | ? | ? | ? | ? |
CPD | 5 | 11 | 16 | 12 | 8 | 5 |
Nuevos métodos de pago | 3 | 3 | 5 | 2 | ? | 7 |
Actualización de jugos previamente homologados | ? | ? | 12 | 14 | 7 | ? |
Cambios en Plataforma | ? | ? | 4 | 16 | 17 | 6 |
Cambios por emergencia extraordinaria de seguridad | ? | ? | 2 | ? | ? | ? |
Otros* | 8 | 47 | 40 | ? | 3 | 4 |
Total | 273 | 599 | 698 | 676 | 823 | 1185 |
?
Con el objetivo de garantizar la calidad en los procedimientos de certificación y la correcta interpretación de los requisitos establecidos en la regulación se lleva a cabo una constante tarea de coordinación y colaboración con las entidades de certificación y con los operadores de juego. En el 2023 se atendieron más de 800 consultas relativas a sistemas técnicos y procedimientos de homologación.
?
Consultas sobre sistemas técnicos y homologaciones | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
No de consultas | 20 | 400 | 510 | 620 | 1000 | 800 |
?
Además, durante el 2023 se han acometido las siguientes actividades:
?
Como consecuencia de la promulgación de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego y de la concesión de títulos habilitantes a los operadores de juego en junio de 2012, los sitios web operados por entidades que no hubieran obtenido título habilitante en Espa?a han de cesar su actividad en territorio espa?ol.
Con el fin de detectar posibles incumplimientos en la implementación de dicho cese de actividades y de preservar el marco legal establecido, la DGOJ desarrolla diversas actuaciones tendentes a la erradicación en el mercado espa?ol de las actividades de juego online realizadas sin título habilitante. Dichas actuaciones giran en torno a dos grandes ejes dando continuidad a la estrategia establecida en el a?o 2013:
?
Una de las principales actuaciones en relación a las actividades de juego sin título habilitante es la formación de un censo de sitios web que sean accesibles para jugadores conectados desde territorio espa?ol con el fin de identificar toda la oferta de juego no autorizado, conocer el alcance de dicha oferta y su posicionamiento de mercado. En dicho censo se integra la información referida al operador del sitio web, la naturaleza de la actividad ofrecida y su inclusión o no en el ámbito de aplicación de la LRJ, el índice de posicionamiento en el mercado de juego online (índice Alexa), los idiomas vehiculares del sitio web (en particular el idioma espa?ol) y la admisión o no de jugadores desde territorio espa?ol (se identifiquen, o no, como residentes en Espa?a). ?
Además, una vez se ha censado un sitio web, éste es objeto de un seguimiento periódico a fin de constatar su actividad en Espa?a y, en su caso, el inicio de un expediente de información previa.
La elaboración del censo es una actuación muy dinámica, objeto de constantes a?adiduras y modificaciones, albergando, desde 2013 hasta finales de 2023, más de 2090 sitios web que actualmente no están operativos como resultado de las actuaciones inspectoras efectuadas que se rese?an a continuación o por el propio devenir comercial de éstas.
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Núnero de páginas web cerradas | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
Total (desde 2013) |
---|---|---|---|---|---|---|---|
Sin apertura de expediente por DGOJ | 214 | 178 | 149 | 218 | 229 | 234 | 2090 |
Con apertura de expediente por DGOJ | 13 | 18 | 31 | 37 | 39 | 32 | 317 |
Total | 227 | 196 | 180 | 255 | 268 | 265 | 2407* |
*Obsérvese que alguno de los sitios web que inicialmente fueron cerrados han vuelto a ser reabiertos
?
Cuando un sitio web es objeto de denuncia, queja o reclamación, bien por parte de un usuario o bien por parte de cualquier ciudadano u organización interesada en el funcionamiento legal, seguro y responsable del mercado de juego online en Espa?a; así como cuando las actividades de control del censo de sitios web de juego ilegal ponen de manifiesto la relevancia en el mercado de juego espa?ol de la actividad realizada por un determinado sitio web que carece de título habilitante, se inicia un procedimiento de actuaciones de información previa. Dicho procedimiento consta de las siguientes etapas principales:
?
El detalle de los expedientes de información previa desde el inicio del mercado regulado se recoge en el cuadro siguiente:
Expedientes de juego ilegal | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
Expedientes iniciados | 19 | 14 | 32 | 50 | 48 | 50 |
Propuestas de inicio de procedimiento sancionador | 12 | 22 | 30 | 44 | 42 | 49 |
Acuerdos de archivo | 2 | 2 | 2 | 6 | 7 | 0 |
?
Aunque es muy difícil la cuantificación del volumen de juego ilegal, puesto que estamos en un mercado online que por su propia naturaleza es un entorno sumamente amplio y dinámico, la DGOJ desde el primer momento ha realizado una permanente labor de inspección centrada inicialmente en las webs de mayor relevancia en el ámbito de internet (utilizando el índice Alexa como referencia) y las que han sido objeto de denuncia por parte de usuarios, operadores o asociaciones de juego, y los resultados obtenidos ponen de manifiesto que la lucha contra el juego ilegal está obteniendo una respuesta positiva, con un alto grado de efectividad entre los operadores del espacio europeo, aunque no tanto respecto a los que se ubican en otros territorios.
La actividad inspectora es una actividad que continúa y evoluciona en el tiempo y que está siendo complementada con el bloqueo de páginas web efectuada por los operadores de acceso a la red.
Adicionalmente, en el ámbito del soporte a la actividad sancionadora se han realizado las siguientes actuaciones.
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Actuaciones de soporte de la actividad sancionadora | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
Actas de verificación de interrupción de la comercialización de la actividad de juego por parte del operador |
5 | 17 | 15 | 115 | 171 | 214 |
?
C.3. El seguimiento y control de la comercialización no autorizada de juegos de lotería y realización de actividades de juego infringiendo el principio de reserva
La actividad de seguimiento y control de los juegos de lotería incluye la investigación y persecución de las actividades de comercialización o participación en la comercialización de los juegos de loterías sujetos a reserva en Espa?a sin contar con la autorización del operador designado (SELAE u ONCE) y de las actividades de organización o explotación de actividades de juego infringiendo el principio de reserva establecido en el artículo 4 de la Ley 13/2011.
Respecto a la Comercialización de loterías no autorizadas el número de denuncias y expedientes realizados se recoge en la siguiente tabla:
Comercialización de juegos de loterías no autorizadas | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
Denuncias recibidas | 6 | 20 | 5 | 7 | 0 | 1 |
Expedientes iniciados | 6 | 12 | 3 | 6 | 6 | 2 |
Propuestas de inicio de procedimiento sancionador | 2 | 1 | 7 | 1 | 3 | 5 |
?
En lo relativo a la organización de juegos de loterías infringiendo el principio de reserva, la actividad realizada se recoge en la siguiente tabla:
?
Realización de actividades de juego infringiendo el principio de reserva |
2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
Denuncias recibidas | 3 | 5 | 2 | 15 | 4 | 7 |
Expedientes iniciados | 4 | 14 | 3 | 3 | 0 | 0 |
Propuestas de inicio de procedimiento sancionador | 3 | 3 | 1 | 9 | 1 | 0 |
?
?
C.4. El seguimiento y control de la celebración de juegos de carácter ocasional
Celebración de juegos de carácter ocasional | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 | Total |
---|---|---|---|---|---|---|
Denuncias recibidas | ? | 1 | 4 | 1 | 6 | 12 |
Expedientes iniciados | 3 | 2 | 3 | 1 | 2 | 11 |
Propuestas de inicio de procedimiento sancionador |
? | 1 | 1 | 1 | 0 | 3 |
?
A continuación, se muestra el detalle de las propuestas de inicio de expediente sancionador desde 2018 atendiendo al origen de la investigación (de oficio o por denuncia) y el tipo infractor aplicado:
?
NUMERO DE PROPUESTAS | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
ILEGALES | 16 | 26 | 34 | 33 | 35 | 30 |
Denuncias |
2 | ? | 15 | 5 | 5 | 4 |
Investigación de oficio |
14 | 26 | 19 | 28 | 30 | 26 |
LEGALES | 24 | 205 | 169 | 108 | 127 | 217 |
Denuncias |
4 | 3 | 2 | ? | ? | ? |
Investigación de oficio |
20 | 202 | 167 | 108 | 127 | 217 |
Total general | 40 | 231 | 203 | 141 | 162 | 247 |
?
TIPO INFRACTOR | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
Art.39-a | 11 | 22 | 37 | 21 | 32 | 25 |
Art.39-g | 3 | 3 | 1 | 9 | 1 | ? |
Art.40-a | 2 | ? | ? | ? | ? | ? |
Art.40-b | 2 | 8 | 10 | 5 | 6 | 6 |
Art.40-d | 1 | 1 | 3 | 10 | 29 | 2 |
Art.40-f | 1 | 1 | ? | ? | ? | ? |
Art.40-g | ? | ? | ? | ? | ? | 1 |
Art.40-j | ? | ? | 2 | 3 | 1 | 9 |
Art.40-k | ? | 22 | 9 | ? | 1 | 1 |
Art.40-l | 2 | 1 | 7 | 1 | 3 | 5 |
Art.40-n | ? | ? | ? | ? | ? | 1 |
Art.40-? | ? | ? | ? | 1 | ? | ? |
Art.41-a | 17 | 171 | 128 | 91 | 89 | 196 |
Art.41-b | 1 | 1 | 6 | ? | ? | 1 |
Art.41-c | ? | 1 | ? | ? | ? | ? |
Total | 40 | 231 | 203 | 141 | 162 | 247 |
?
Donde,
Notas: tipos infractores |
Art.39 -a La organización, celebración o explotación de las actividades incluidas en el ámbito de aplicación de esta Ley careciendo del título habilitante correspondiente. |
Art.39 -g La realización de actividades de juego infringiendo la reserva establecida en el artículo 4 de esta Ley. |
Art.39 -j El incumplimiento de la obligación de redireccionamiento referida en el artículo 10.4.e) de esta Ley. |
Art.40-a El incumplimiento de los requisitos y condiciones fijados en el título habilitante y, en particular, de los deberes de control para garantizar la seguridad de los juegos. |
Art.40-b Permitir el acceso a la actividad de juego a las personas que lo tienen prohibido, de conformidad con el artículo 6 de esta Ley, siempre que la entidad explotadora de juegos conozca o deba conocer la concurrencia de tales prohibiciones. |
Art.40-d Efectuar la promoción, patrocinio y publicidad de los juegos objeto de esta Ley, o actuaciones de intermediación, cuando quienes lo realicen carezcan de título habilitante o se difundan con infracción de las condiciones y límites fijados en el mismo o infringiendo las normas vigentes en esta materia, cualquiera que sea el medio que se utilice para ello. |
Art.40-f La obstrucción, resistencia o excusa a la función de inspección y control, así como la ocultación o destrucción de la información, documentos o soportes de la misma. |
Art.40-g La negativa reiterada de los operadores u organizadores a facilitar la información que le sea requerida por la Comisión Nacional del Juego. |
Art.40-j El incumplimiento de los requisitos técnicos de los reglamentos o del pliego de bases relativos al software y a los sistemas de comunicación. |
Art.40-k La utilización de sistemas técnicos no homologados o no autorizados. |
Art.40-l La fabricación, comercialización, mantenimiento o distribución de material de juego propiedad de los operadores que desarrollen actividades de juego objeto de reserva en el artículo 4 de esta Ley sin la debida autorización. |
Art.40-m El impago de los premios que correspondieren a los participantes en los juegos. |
Art.40-n El incumplimiento de los requisitos y obligaciones en materia de juego responsable y de protección de los jugadores fijados en las normas y disposiciones vigentes. |
Art.40-? Promover o facilitar la participación desde Espa?a en las actividades de juego a las que se refiere el artículo 2.1 a través de páginas web distintas a las legalmente habilitadas por operadores de juego con título habilitante en Espa?a |
Art.41-a La participación en actividades de juego, contraviniendo las prohibiciones establecidas en el artículo 6.2, letras c), d), e), f), g) y h), de esta Ley. |
Art.41-b Los incumplimientos de las obligaciones contenidas en esta Ley, cuando no estuvieren expresamente tipificadas como infracciones graves o muy graves. |
Art.41-c No colaborar con los inspectores o agentes de la autoridad en relación con el desarrollo de las actividades de juego o lo relacionado con la comprobación del sorteo o evento en cuya virtud se obtengan los premios. |
?
La Subdirección General de Inspección, durante el 2023, ha continuado participando en las actividades desarrolladas en el seno del Grupo de Trabajo CEN/TC/456/WG1 para la estandarización del modelo de reporting de los operadores a los reguladores de juego.
En lo que se refiere a informes y estudios, durante el 2023 se han elaborado y publicado:
Asimismo, se han llevado a cabo 28 procedimientos de actualización y gestión de garantías.
?
La DGOJ, en abril de 2017, creó en el seno de la Subdirección de Inspeccion del Juego, el Servicio de Investigación Global del Mercado de Apuestas (SIGMA), con el fin de colaborar en la prevención y control del fraude, en particular en la lucha contra el ama?o de partidos, la protección de la integridad del deporte y la ética deportiva y la integridad en los mercados de apuestas. Las funciones de SIGMA son las siguientes:
A través del servicio SIGMA se monitorizan los mercados de apuestas y se gestiona el intercambio de información de alertas relativas a apuestas deportivas irregulares o sospechosas con el Grupo de Copenhague (GoC)[1], con los operadores de apuestas y con las organizaciones deportivas.
A lo largo del 2023 se han desarrollado 539 actuaciones.
Origen actuaciones? | 2018 | 2019 | 2020 | 2021 | 2022 | 2023 |
---|---|---|---|---|---|---|
Juzgados | 5 | 2 | 2 | 20 | 22 | 24 |
Copenhague/Reguladores | 36 | 130 | 52 | 103 | 48 | 5 |
DGOJ | 53 | 44 | 71 | 38 | 39 | 33 |
Org. Deportivas | 240 | 154 | 213 | 274 | 12 | 7 |
Operadores | 6 | 3 | 5 | 15 | 125 | 76 |
FCSE | 39 | 34 | 85 | 81 | 305 | 385 |
AEAT | 22 | 37 | 12 | 6 | 4 | 9 |
Total | 401 | 404 | 440 | 537 | 555 | 539 |
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[1] El Grupo de Copenhague es un grupo informal constituido a iniciativa de la Secretaría del Consejo de Europa, en julio de 2016, como “Red de Plataformas Nacionales” de los diferentes Estados en el marco de las actividades de cooperación para la promoción del Convenio sobre la manipulación de las competiciones deportivas (Convenio de Macolin). El GoC tiene por finalidad poner los fundamentos de una cooperación transnacional que permita el intercambio de la información, las experiencias y los conocimientos especializados esenciales para la lucha contra la manipulación de las competiciones deportivas tal y como ha sido definida por el artículo 3 del Convenio de Macolin.
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De las 539 actuaciones de SIGMA, 129 están relacionadas con alertas relacionadas con la integridad de las apuestas deportivas y de las competiciones deportivas, siendo su distribución por deporte la siguiente:
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Actuaciones SIGMA | A?O | |||||
---|---|---|---|---|---|---|
Deporte |
2018 |
2019 |
2020 |
2021 |
2022 | 2023 |
FúTBOL |
122 |
187 |
88 |
126 |
112 | 93 |
TENIS |
153 |
31 |
19 |
58 |
21 | 20 |
TENIS DE MESA |
? |
4 |
23 |
27 |
18 | 3 |
BALONCESTO |
7 |
3 |
8 |
2 |
3 | 8 |
VOLEIBOL | 1 | 2 | 2 | 9 | 2 | 1 |
VóLEY PLAYA |
10 |
? | ? |
? |
? | ? |
HOCKEY SOBRE HIELO | ? | 7 | 1 | 2 | ? | ? |
BáDMINTON |
? |
5 |
? |
? |
? | ? |
BALONMANO | 1 | ? | 1 | 2 | ? | 4 |
BOXEO | 1 | ? | 1 | ? | 1 | ? |
HURLING |
? |
? |
? |
2 |
? | ? |
HíPICA |
? |
? | ? | ? | 2 | ? |
E-SPORT |
? |
? |
? |
? |
2 | ? |
BILLAR |
1 |
? |
1 |
? |
? | ? |
FúTBOL SALA |
? | ? | 2 | ? | ? | ? |
NATACIóN |
? | ? | ? | 1 | ? | ? |
FúTBOL PLAYA | ? | ? | ? | ? | 1 | ? |
DEPORTES DE COMBATE |
1 |
? | ? |
? |
? | ? |
Total general |
297 |
239 |
146 |
229 |
159 | 129 |
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Desde el a?o 2018 el GoC ha venido requiriendo la participación de Espa?a en tareas de monitorización de eventos deportivos internacionales de gran relevancia mediática. En esta tarea la DGOJ ha actuado como punto de contacto con el GoC, desarrollando una monitorización singular del mercado de apuestas online estatal en relación con el acontecimiento deportivo y manteniendo reuniones de coordinación con las distintas Plataformas Nacionales. Hasta la fecha se han desarrollado las siguientes monitorizaciones: Copa Mundial de fútbol masculina 2018 en Rusia (FIFA 2018), Copa Mundial de fútbol femenina en Francia (FIFA 2019), IAAF World Athletics Championships 2019, el campeonato de fútbol femenino celebrado en Francia (2020), el campeonato de fútbol UEFA EURO 2020 (2021) y el campeonato Mundial de fútbol femenino, monitorizando el grupo de Espa?a (2023).
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