Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego

Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego

Por otra parte, con anterioridad a permitir a un usuario el acceso al juego online el operador de juego está obligado a comprobar su posible inscripción en el RGIAJ, dependiente de la DGOJ, que se encarga de su funcionamiento y control. Este registro, en el que se puede inscribir a petición propia o bien por resolución judicial, permite excluir la participación en los juegos que requieran esta comprobación (tanto no presenciales como presenciales) en todo el territorio nacional. La inscripción en el RGIAJ puede realizarse a través de la utilización de un formulario presencial presentado en un registro público de cualquier Administración Pública o en la propia sede electrónica de la DGOJ, teniendo efectos inmediatos cuando se hace a través de ese medio. Para información detallada sobre el RGIAJ puede consultar la sección dedicada a tal efecto en la web de la Dirección General.