Como regla general, el participante podrá presentar reclamación ante una “entidad acreditada” (por la autoridad competente) para gestionar procedimientos de resolución alternativa de litigios de consumo.
El operador, en el contrato de juego y en su sitio web, deberá informar de esa posibilidad de reclamación y de si está adherido a una entidad acreditada o venga obligado a aceptar su intervención por una norma o código de conducta. De no darse los casos anteriores, el operador deberá informar de, al menos, una entidad competente para conocer de la reclamación, e indicará si participará o no en el procedimiento ante esa entidad.
En cualquier caso, el participante deberá acreditar haber presentado reclamación previa al operador.