Preguntas frecuentes

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Las comunicaciones comerciales que pueden difundirse en una red social pueden ser de cualquier tipo (audiovisuales, estáticas, de texto, orales, etc.)

 

Se permite ofertar comunicaciones comerciales en motores de búsqueda a través de cualquier técnica de posicionamiento orgánico en dichos buscadores.

Cuando la comunicación comercial se difunda a consecuencia de un acuerdo comercial de un anunciante con el motor de búsqueda, entonces solo cuando esa búsqueda utilice palabras o frases conectadas con las actividades de juego definidas en la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego.

A título ejemplificativo, no se permitirá ofertar publicidad de juego que derive de búsquedas que introduzcan términos como “juego online”, “videojuego”, “diversión”, etc.

 

  • Inscripción voluntaria:
    • Formulario de solicitud según modelo normalizado cumplimentado y firmado marcando casilla inscripción por cada documento con el que me quiera inscribir (DNI, NIE, Pasaporte, Documento de identidad de mi país de origen en el caso de extranjeros)
    • Identificación DNI, NIE, Pasaporte, Otros
  • Inscripción a instancia de terceros:
    • Formulario de solicitud según modelo normalizado
    • Identificación DNI, NIE, Pasaporte, Otros
    • Documentación que acredite la legitimidad
    • Documentación de la sentencia judicial firme.

El contrato de juego es el documento que regula la relación entre operador y participante, y donde consta una descripción de los servicios ofertados y el catálogo de derechos y obligaciones de ambas partes.

De forma más amplia, los contratos de juego son un tipo de contrato privado celebrado entre operador y participante.

Por otro lado, debe distinguirse entre el contrato (general) de juego y el contrato (o contratos) de apuesta. Así, de manera distinta y superpuesta a al contrato de juego, se encuentran los distintos contratos de apuesta, que se formalizan y concluyen con cada participación del usuario. Se trata de contratos aleatorios, sujetos a un hecho incierto de los que dimanan derechos y obligaciones específicas a la resolución del evento aleatorio. En la práctica, cada vez que una de esas apuestas es aceptada y confirmada, supone un compromiso obligatorio para ambas partes que puede ser calificado como contrato de apuesta.

Los principales elementos definitorios del contrato de juego son los siguientes:

  • Consensual: sólo puede haber actividad de juego del participante si previamente existe un contrato válido suscrito (“consentido”) por participante y operador, y es obligatorio que conste la aceptación expresa del participante.
  • Bilateral: genera obligaciones para las dos partes.
  • Oneroso: Ambas partes tienen un interés económico o ánimo de lucro.
  • Es un contrato de adhesión porque incorpora cláusulas generales, de contenido genérico, redactadas por el operador para ser empleadas en una pluralidad de contratos dentro de su negocio y que están dirigidas a una pluralidad de clientes.

El Registro General de Interdicciones de Acceso al Juego es un registro estatal que impide jugar a las personas inscritas en él, impidiendo el acceso a:

  • Juego online, en los operadores que ofrecen actividades de juego con licencia legal en Espa?a. Puede consultar el listado de operadores con licencia en la web.
  • Juego presencial (casinos, bingos y locales de apuestas) donde la respectiva normativa autonómica determina la necesidad de comprobar la inexistencia de inscripción.
  • Juegos de carácter reservado (loterías) que se desarrollan de forma presencial, pudiendo ser efectivamente aplicada dicha prohibición en el momento del pago de premios, en la medida de que sus normas regulatorias así lo establezcan.

Se trata de un servicio, tal como lo definen los artículos 56 y 57 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, cuya finalidad principal propia o de una de sus partes disociables o cuya funcionalidad esencial consiste en ofrecer al público en general programas, vídeos generados por usuarios o ambas cosas, sobre los que no tiene responsabilidad editorial el prestador de la plataforma, con objeto de informar, entretener o educar, a través de redes de comunicaciones electrónicas tal como se definen en el artículo 2, letra a), de la Directiva 2002/21/CE, y cuya organización determina el prestador de la plataforma de intercambio de vídeos, entre otros medios con algoritmos automáticos, en particular mediante la presentación, el etiquetado y la secuenciacio?n.

 

Aquella que se realiza a través de vallas, marquesinas, carteles, monitores, pantallas, o cualesquiera otros elementos de análoga naturaleza tanto muebles como inmuebles; la que se fija sobre elementos móviles y medios de transporte, ya sean públicos o privados; la que se difunde a través de instrumentos de megafonía; así como la que se distribuye en folletos, o en revistas, diarios o soportes similares.

 

Una comunicación comercial en aquellos servicios a los que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 7/2010, de 31 de marzo, General de la Comunicación Audiovisual.

 

Se considera una comunicación comercial a toda forma de comunicación, realizada por una persona física o jurídica, pública o privada, difundida por cualquier medio o soporte, destinada a promocionar, de manera directa o indirecta, las actividades de juego definidas en el ámbito de aplicación de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, o las entidades que las realizan.

 

Se trata de alguien ampliamente conocido por la sociedad en su conjunto o, en su caso, por determinados colectivos cualificados en atención a preferencias, aficiones, intereses o profesiones similares, etc.